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Ayuda Para Regresar A Trabajar - '94
Para trabajadores que se han lastimado despues del 1 de Enero de 1994

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  1. Que es la rehabilitacion vocacional?
  2. Como me entero si tengo derecho a recibir los servicios de rehabilitacion vocacional?
  3. Que sucede si el trabajo que mi empleador me ofrecio no resulta?
  4. Que sucede si mi empleador no me ofrece un trabajo?
  5. Puedo recibir el dinero en efectivo en lugar de los servicios de rehabilitacion?
  6. Si acepto los servicios de rehabilitacion vocacional, que deberia esperar de ellos?
  7. Que ingresos recibiria si acepto la rehabilitacion vocacional?
  8. Cuales son los limites de la rehabilitacion vocacional?
  9. Que sucede si ya estoy inscrito en un colegio o universidad?
  10. Que otros servicios o prestaciones podria yo recibir como parte de la prestacion de rehabilitacion vocacional?
  11. Cuales son mis responsabilidades?
  12. Cuales son las responsabilidades del administrador de reclamos?
  13. Como solicito asistencia de parte de la Unidad de rehabilitacion de la Division de Compensacion al Trabajador?
  14. Deberia hacerme representar por un abogado? Cuanto costara?
  15. Tengo algun otro derecho?

1. Que es la rehabilitacion vocacional?
La rehbilitacion vocacional es una prestacion de compensacion al trabajador que ayuda a los trabajadores lastimados a regresar al travajo.
Si reune las condiciones necesarias, por lo general, un consejero vocacional elaborara un plan para que usted pueda regresar a trabajar. Ese plan se elaborara con su ayuda y la de su administrador de reclamos, es decir, la persona que se ocupa de los reclamos en nombre de su empleador, o la compania de seguros de su empleador.
Las leyes de California limitan la cantidad de dinero dedicada a servicios de rehabilitacion. La ley en el estado de California tiene limites en la cantidad de dinero que se usaria para estos servicios.

2. Como me entero si tengo derecho a recibir los servicios de rehabilitacion vocacional?
Cuando lleve 90dias fuera del trabajo, su administrador de reclamos le enviara al medico que lo esta tratando la descripcion del trabajo que usted realiza en la que se enumeran exactamente todas las tareas que usted debe realizar.
El administrador de reclamos le pedira que lo ayude a preparar esa descripcion de su trabajo con el fin de estar seguro que el medico tenga una imagen verdadera de las tareas que conlleva su trabajo.
Es muy importante que usted participe porque de no hacerlo, es posible que el administrador de reclamos envie al medico la descripcion que el empleador da del trabajo que usted hace.
Si necesita ayuda para llenar el formulario de descripcion de su trabajo, puede comunicarse con la oficina de informacion y asistencia de la Division de Compensacion al Trabajador. (Consulte la lista del reverso para encontrar el numero de telefono de la oficiona que le quede mas cercana.)
Una vez que su medico informe si puede o no regresar a su trabajo normal, recibira una carta del administrador de reclamos y una copia del informe final del medico.
Si no puede regresar al trabajo que tenia antes de lastimarse, su empleador decidira si puede regresar a otro trabajo con la incapacidad que tiene. Usted deberia recibir el aviso en el plazo de un mes.
No podra recibir los servicios de rehabilitacion si rechaza o no acepta, en el plazo de 30 dias. la oferta de trabajo idoneo de parte de su empleador.

3. Que sucede si el trabajo que mi empleador me ofrecio no resulta?
Es posible que aun tenga derecho a los servicios de rehabilitacion, si el trabajo no dura por lo menos 12 meses, o si su incapacidad le impide realizar las tareas que ese trabajo conlleva.
Si tiene dudas, hable con sus empleador, el administrador de reclamos o un funcionario de informacion y asistencia.

4. Que sucede si mi empleador no me ofrece un trabajo?
Se le ofreceran los servicios de rehabilitacion vocacional y tendra 90 dias para aceptarlos. Tambien puede solicitar una evaluacion si eso le ayuda a tomar la decision.
Si desea los servicios pero no puede apreovecharlos inmediatamente, debe informar al administrador de reclamos y averiguar si existe la posibilidad de posponer los servicios.
Si no desea lo rehabilitacion, puede rechazarla firmando el formulario correspondiente. Con ello termina la obligacion de su empleador de proporcionarle servicios de rehabilitacion en una fecha posteror.

5. Puedo recibir el dinero en efectivo en lugar de los servicios de rehabilitacion?
No. Las leyes de California no permiten que se intercambie dinero en efectivo por los servicios de rehabilitacion vocacional.

6. Si acepto los servicios de rehabilitacion vocacional, que deberia esperar de ellos?
Used y el administrador de reclamos pueden elegir, por acuerdo mutuo, a un consejero quien se ocupara de elaborar su plan de rehabilitacion. El plan puede incluir modificacion del trabajo, ayuda para enconrtrar otro trabajo, capacitacion a corto plazo, y posibilidades de empleo independiente, en pocas palabras, lo que sea mejor para que usted regrese a trabajar. Tambien tiene derecho de solicitar que se le cambie el consejero.

7. Que ingresos recibiria si acepto la rehabilitacion vocacional?
Si esta recibiendo pagos por incapacidad temporaria cuando comienza la rehabilitacion vocacional, puede seguir recibiendolos hasta que su medico informe que su condicion es "permanente y estacionaria". Cuando eso ocurra, recibira pagos temporarios durante la rehabilitacion vocacional de hasta $246 por semana.
Dichos pagos tienen un limite de 52 semanas, por lo tanto es mejor que usted comience la rehabilitacion lo antes posible. Tambien es posible que usted reciba adelantos de las prestaciones por incapacidad permanente para complementar los pagos temporarios durante la rehabilitacion vocacional.

8. Cuales son los limites de la rehabilitacion vocacional?
La legislatura de California ha establecido limites muy estrictos para los planes de rehabilitacion:
El plan debe terminarse en un plazo de 18 meses.
Los pagos temporarios durante la rehabilitacion vocacional estan limitados a un total de 52 semanas.
Una vez que usted esta de acuerdo con un plan, los cambios que puede hacerle son limitados.
El costo total, incluyendo los pagos temporarios durante la rehabilitacion vocacional, los honorarios del consejero, los servicios y gastos, por lo general no pueden exceder de $16,000.

9. Que sucede si ya estoy inscrito en un colegio o universidad?
Si ya esta matriculado en un colegio o universidad y ha hecho grandes progresos hacia obtener un certificado o titulo en un colegio de la comunidad, una universidad estatal o la Universidad de California, es posible que pueda renunciar a los servicios de un consejero de rehabilitacion. Los fondos que normalmente se pagan por el con