Para
trabajadores que se han lastimado despues
del 1 de Enero de 1994
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- Que
es la rehabilitacion vocacional?
- Como
me entero si tengo derecho a recibir
los servicios de rehabilitacion vocacional?
- Que
sucede si el trabajo que mi empleador
me ofrecio no resulta?
- Que
sucede si mi empleador no me ofrece
un trabajo?
- Puedo
recibir el dinero en efectivo en lugar
de los servicios de rehabilitacion?
- Si
acepto los servicios de rehabilitacion
vocacional, que deberia esperar de ellos?
- Que
ingresos recibiria si acepto la rehabilitacion
vocacional?
- Cuales
son los limites de la rehabilitacion
vocacional?
- Que
sucede si ya estoy inscrito en un colegio
o universidad?
- Que
otros servicios o prestaciones podria
yo recibir como parte de la prestacion
de rehabilitacion vocacional?
- Cuales
son mis responsabilidades?
- Cuales
son las responsabilidades del administrador
de reclamos?
- Como
solicito asistencia de parte de la Unidad
de rehabilitacion de la Division de
Compensacion al Trabajador?
- Deberia
hacerme representar por un abogado?
Cuanto costara?
- Tengo
algun otro derecho?
1.
Que es la rehabilitacion vocacional?
La rehbilitacion vocacional es una prestacion
de compensacion al trabajador que ayuda
a los trabajadores lastimados a regresar
al travajo.
Si reune las condiciones necesarias, por
lo general, un consejero vocacional elaborara
un plan para que usted pueda regresar
a trabajar. Ese plan se elaborara con
su ayuda y la de su administrador de reclamos,
es decir, la persona que se ocupa de los
reclamos en nombre de su empleador, o
la compania de seguros de su empleador.
Las leyes de California limitan la cantidad
de dinero dedicada a servicios de rehabilitacion.
La ley en el estado de California tiene
limites en la cantidad de dinero que se
usaria para estos servicios.
2. Como me entero si tengo derecho a recibir
los servicios de rehabilitacion vocacional?
Cuando lleve 90dias fuera del trabajo,
su administrador de reclamos le enviara
al medico que lo esta tratando la descripcion
del trabajo que usted realiza en la que
se enumeran exactamente todas las tareas
que usted debe realizar.
El administrador de reclamos le pedira
que lo ayude a preparar esa descripcion
de su trabajo con el fin de estar seguro
que el medico tenga una imagen verdadera
de las tareas que conlleva su trabajo.
Es muy importante que usted participe
porque de no hacerlo, es posible que el
administrador de reclamos envie al medico
la descripcion que el empleador da del
trabajo que usted hace.
Si necesita ayuda para llenar el formulario
de descripcion de su trabajo, puede comunicarse
con la oficina de informacion y asistencia
de la Division de Compensacion al Trabajador.
(Consulte la lista del reverso para encontrar
el numero de telefono de la oficiona que
le quede mas cercana.)
Una vez que su medico informe si puede
o no regresar a su trabajo normal, recibira
una carta del administrador de reclamos
y una copia del informe final del medico.
Si no puede regresar al trabajo que tenia
antes de lastimarse, su empleador decidira
si puede regresar a otro trabajo con la
incapacidad que tiene. Usted deberia recibir
el aviso en el plazo de un mes.
No podra recibir los servicios de rehabilitacion
si rechaza o no acepta, en el plazo de
30 dias. la oferta de trabajo idoneo de
parte de su empleador.
3.
Que sucede si el trabajo que mi empleador
me ofrecio no resulta?
Es posible que aun tenga derecho a los
servicios de rehabilitacion, si el trabajo
no dura por lo menos 12 meses, o si su
incapacidad le impide realizar las tareas
que ese trabajo conlleva.
Si tiene dudas, hable con sus empleador,
el administrador de reclamos o un funcionario
de informacion y asistencia.
4.
Que sucede si mi empleador no me ofrece
un trabajo?
Se le ofreceran los servicios de rehabilitacion
vocacional y tendra 90 dias para aceptarlos.
Tambien puede solicitar una evaluacion
si eso le ayuda a tomar la decision.
Si desea los servicios pero no puede apreovecharlos
inmediatamente, debe informar al administrador
de reclamos y averiguar si existe la posibilidad
de posponer los servicios.
Si no desea lo rehabilitacion, puede rechazarla
firmando el formulario correspondiente.
Con ello termina la obligacion de su empleador
de proporcionarle servicios de rehabilitacion
en una fecha posteror.
5.
Puedo recibir el dinero en efectivo en
lugar de los servicios de rehabilitacion?
No. Las leyes de California no permiten
que se intercambie dinero en efectivo
por los servicios de rehabilitacion vocacional.
6.
Si acepto los servicios de rehabilitacion
vocacional, que deberia esperar de ellos?
Used y el administrador de reclamos pueden
elegir, por acuerdo mutuo, a un consejero
quien se ocupara de elaborar su plan de
rehabilitacion. El plan puede incluir
modificacion del trabajo, ayuda para enconrtrar
otro trabajo, capacitacion a corto plazo,
y posibilidades de empleo independiente,
en pocas palabras, lo que sea mejor para
que usted regrese a trabajar. Tambien
tiene derecho de solicitar que se le cambie
el consejero.
7.
Que ingresos recibiria si acepto la rehabilitacion
vocacional?
Si esta recibiendo pagos por incapacidad
temporaria cuando comienza la rehabilitacion
vocacional, puede seguir recibiendolos
hasta que su medico informe que su condicion
es "permanente y estacionaria". Cuando
eso ocurra, recibira pagos temporarios
durante la rehabilitacion vocacional de
hasta $246 por semana.
Dichos pagos tienen un limite de 52 semanas,
por lo tanto es mejor que usted comience
la rehabilitacion lo antes posible. Tambien
es posible que usted reciba adelantos
de las prestaciones por incapacidad permanente
para complementar los pagos temporarios
durante la rehabilitacion vocacional.
8.
Cuales son los limites de la rehabilitacion
vocacional?
La legislatura de California ha establecido
limites muy estrictos para los planes
de rehabilitacion:
El plan debe terminarse en un plazo de
18 meses.
Los pagos temporarios durante la rehabilitacion
vocacional estan limitados a un total
de 52 semanas.
Una vez que usted esta de acuerdo con
un plan, los cambios que puede hacerle
son limitados.
El costo total, incluyendo los pagos temporarios
durante la rehabilitacion vocacional,
los honorarios del consejero, los servicios
y gastos, por lo general no pueden exceder
de $16,000.
9.
Que sucede si ya estoy inscrito en un
colegio o universidad?
Si ya esta matriculado en un colegio o
universidad y ha hecho grandes progresos
hacia obtener un certificado o titulo
en un colegio de la comunidad, una universidad
estatal o la Universidad de California,
es posible que pueda renunciar a los servicios
de un consejero de rehabilitacion. Los
fondos que normalmente se pagan por el
con
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